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Investigación Ítalo Sifuentes Alemán
En diciembre de 1624, en Ica, ante el escribano público Francisco Nieto, la viuda del alférez Lorenzo Carrascal, señora Teresa de Santillán, fundó la capellanía de la hacienda Tacama, la cual ese año tenía “26 mil plantas de viña”, “casa, lagar y bodega” y lindaba con “la chacra de Francisco Guerrero y tierras de indios y dos caminos reales, uno que da a San Martín y otro a San Juan”. En 1625 el capellán de dicha hacienda, creada en 1540, era el juez eclesiástico de la villa de Ica, vicario García Galeano.
Unos 177 años después, es decir en 1801, los propietarios de la viña Tacama eran los descendientes de Ignacio de Uribe, caballero de la orden de Santiago y militar con rango de maestre de campo que, en 1735, había sido alcalde de Ica. En 1889 dicha viña fue adquirida por la familia Olaechea, la cual en Ica desde décadas antes se dedicada a la elaboración de vino y pisco, tal como consta en la prensa de la época.
En 1821 Tacama empezó a ser administrada por la orden agustiniana presente en Ica, ello a través del convento San Agustín de esa ciudad sureña. Ese año, el 28 de julio, el Perú proclamó su independencia de España, siendo Pedro Olachea uno los firmantes del acta suscrita el 15 de julio en el ayuntamiento de Lima.
Veinte años antes, es decir en 1801, el capellán de la hacienda Tacama era el licenciado y presbítero Félix Saucedo. En un documento por él firmado ese año, custodiado por el Archivo General de la Nación, consta que la propiedad era de la familia Uribe. La información que figura es: “En el valle de Tacama, jurisdicción del valle de la ciudad de Ica, en una hacienda que poseen los herederos de don Ignacio Uribe”.
En el documento firmado por Félix Saucedo, fechado el 18 de mayo de 1801, este capellán explica las dificultades que tuvo que atravesar para lograr recuperar las copias de los antiguos documentos de la capellanía de Tacama. Lo manifestó así: “Más habiéndolos conseguido a fuerza de muchos gastos y diligencias, se reconocieran lega”, es decir, sustentó que dicha capellanía no tenía la condición de propiedad colativa (no fue entregada a perpetuidad a los anteriores capellanes), sino todo lo contrario, esta tenía la condición de lega, lo que fue posible por “el nombramiento de capellán hecho en mi persona por el canónigo y rector actual del colegio de Santo Toribio”, seminario fundado en Lima el 7 de diciembre de 1591.
