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Investigación: Ítalo Sifuentes Alemán
En la naciente república, mientras los peruanos se preparaban para elaborar su primera Carta Política, el 8 de octubre de 1821 el protector José de San Martín decretó la entrada en vigencia del Estatuto Provisional del gobierno “para el mejor régimen de los departamentos libres interín se establece la Constitución permanente del Estado”. En la información, difundida dos días después en la publicación oficial, se lee: “S.E. el Protector dio a los pueblos libres del Perú un estatuto que asegura su futura felicidad, en que este fue jurado por todas las autoridades de la capital con el mayor júbilo”.
En la primera sección de dicho documento, rubricado en el Palacio Protectoral en Lima, también figura: “La religión católica, apostólica, romana es la religión del Estado. El gobierno reconoce como uno de sus primeros deberes el mantenerla y conservarla por todos los medios que estén al alcance de la prudencia humana”.
Líneas más adelante, se informa que el día anterior, el “día 7 en que se instaló la Alta Cámara de Justicia. Hallándose en aquellos momentos bastante indispuesto S. E. no pudo desempeñar tan augusta función, como se había propuesto; y comisionó especialmente a los ministros de estado para que lo hiciesen a su nombre, y por su autoridad”.
Igualmente, proporciona la siguiente información respecto a las actividades de la noche del 9 de octubre de 1821, en la que participaron los invitados del gobierno de José de San Martín: el “Señor Protector dio un magnífico sarao, al que asistieron muy cerca de 200 señoras de lo más distinguido de la capital, todas las autoridades del estado, el ilustre marqués de Torre Tagle que con la señora su esposa había llegado de Trujillo el día anterior, el comandante y la oficialidad del navío El Soberbio de S. M. B., el honorable ciudadano J. B. Prevost, de los Estados Unidos, y otros varios ciudadanos y extranjeros de nota. El concurso no pudo ser más brillante; la alegría más pura parecía haber fijado su residencia allí, y las encantadoras gracias de las bellas peruanas, al paso que enajenaban a todos los circunstantes, realzaban también hasta el extremo el entusiasmo patriótico tan manifiesto en sus acciones”.
Respecto a J. B. Prevost, este es John Bartow Prevost, quien permaneció en Perú hasta el 5 de marzo de 1825 como agente político de Estados Unidos, cargo similar al de Encargado de Negocios, el cual había empezado a desempeñar desde 1818, es decir en los últimos años del virreinato.
Entre 1804 y 1808, John Bartow Prevost fue el primer juez del Tribunal Superior de Orleans. Estaba casado con Frances Anna Smith, hija del reverendo presbiteriano Samuel Smith. Siete años permaneció en territorio peruano, primero alternando con los funcionarios del virreinato, y tras el 28 de julio de 1821 en que se proclamó la independencia nacional, con los funcionarios de la república. Uno de sus hijos, Stanhope Prevost, fue cónsul de Estados Unidos en Lima de 1851 a 1853.
Volviendo a la reunión nocturna del 9 de octubre de 1821, en la publicación oficial del gobierno, figura la siguiente información: “La admirable voz de la profesora Rosa Merino revivía los tiempos de Arion y de Safo. Como 300 cubiertos aguardaban a tan distinguidos huéspedes, y los placeres pasaron con las hermosas bailarinas al comedor magníficamente adornado. El buen humor y decoro no se separaban: y los aplausos, brindis alusivos a las circunstancias, y cuanto más puede contribuir al aumento de la festividad en semejante acto, reinaban durante el ambigú*. Todos fueron participes de tantas satisfacciones, que continuaron con igual ardor después, hasta las cinco y media de la mañana del día 10, entretenidos todos en la gran Sala de Audiencia en agradar y divertirse mutuamente”.
*Ambigú: donde se sirven los alimentos y las bebidas durante las reuniones de carácter informal, que incluye espectáculos teatrales y de canto.
