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En 1537 figuran como firmantes de la transacción comercial los soldados de origen español y/o portugués Albar Sánchez y Pedro de León, así como César de Nápoles (región que siglos después pasó a formar parte del país llamado Italia)
Investigación Ítalo Sifuentes Alemán
Las escrituras de los notarios oficiales que en 1532 llegaron con los españoles se encuentran en Protocolo Ambulante de los Conquistadores, también llamado Libro Becerro. Figuran en esa obra diversas informaciones, a menudo desconocidas por la mayoría de los lectores.
A continuación, se comparte la transcripción de dos documentos de los escribanos fechados en Lima el 9 y 14 de mayo de 1537, en los que se observa, a posteriori, la cancelación de los montos por la adquisición y uso del armamento utilizado durante la conquista (en uno de los casos de Cusco). La adquisición había sido a crédito.Veamos:
Caso 1:
En 1537, el 9 de mayo, los soldados Albar Sánchez y Pedro de León, teniendo como testigos a Gregorio Pérez, Alonso de Luque y Antonio de Monforte, suscribieron en Lima un acuerdo ante escribano público según el cual: “Otorgamos y nos obligamos dar y pagar a Su Majestad o al tesorero en su nombre o a quien su poder hubiere conviene, a saber: 42 pesos de oro de valor cada uno de a 450 maravedíes los cuales son por razón de cierta munición que es un arcabuz y una ballesta y una espada que nos dieron para nuestro viaje a la ciudad del Cusco y de que somos contentos a nuestra voluntad”.
Caso 2:
En 1537, el 14 de mayo, el soldado César de Nápoles, teniendo como testigos a Francisco de Artiaga y Andrés de Zibero, firmó en Lima el siguiente acuerdo ante escribano público: “Otorgo y conozco por esta presente carta que debo a dar y pagar a Su Majestad y a su tesorero en su nombre o a quien por Su Majestad lo hubiere de haber conviene a saber 30 pesos de buen oro de valor cada uno de 450 maravedíes los cuales son por razón de un arcabuz y una ballesta que compré de la hacienda de Su Majestad de que soy contento y pagado y entregado a toda mi voluntad”.
